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¿Cuándo la venta de tu casa paga impuesto a la renta y cuándo está exenta en Ecuador?

Vender un inmueble puede generar dudas sobre si debes o no pagar impuesto a la renta. Muchos contribuyentes creen que cualquier venta de una propiedad implica tributar, pero la Ley de Régimen Tributario Interno establece una excepción importante.

📜 Base legal

El artículo 9, numeral 14 de la Ley de Régimen Tributario Interno (LRTI) señala que:

“Los ingresos obtenidos por la enajenación ocasional de inmuebles de personas naturales o jurídicas estarán exentos del pago de impuesto a la renta.”

Esto significa que no toda venta de inmuebles genera impuesto, siempre que cumpla con ciertos requisitos.


¿Qué se considera enajenación ocasional?

La ley define como ocasional aquella venta que:

  • No corresponde al giro ordinario del negocio o de la actividad habitual del contribuyente.
  • No supera dos enajenaciones por año fiscal.
  • Es una operación aislada, no vinculada a una actividad continua de compra y venta de inmuebles.

🔍 ¿Cuándo pierdes la exención?

El SRI puede negar la exención si:

  • Realizas más de dos ventas en el mismo año fiscal, sin importar el giro de tu RUC.
  • No puedes demostrar que la operación fue aislada y no parte de una actividad habitual.
  • No presentas documentación que respalde la naturaleza ocasional de la transacción.

📌 Recomendaciones para proteger tu exención

  1. Revisa tu RUC: Mantén tu actividad económica principal distinta a la compra y venta de inmuebles.
  2. Documenta la operación: Guarda contratos, escrituras y un documento simple que acredite que la venta no es parte de un negocio habitual.
  3. No superes dos ventas por año: Desde la tercera venta, el SRI presumirá habitualidad, y la renta generada será gravada.

📢 Conclusión

La clave está en probar la naturaleza ocasional de la venta. Con la documentación adecuada, puedes ahorrarte miles de dólares en impuesto a la renta de manera totalmente legal.

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